Medidas alternativas de la Ley General de Discapacidad
En ILUNION ayudamos a nuestros clientes a cumplir con la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y a promover la inclusión social.
¿Qué son las medidas alternativas a la contratación de personas con discapacidad?
El Real Decreto de 1/2013, La Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social en su artículo 42, establece que las empresas públicas y privadas, con 50 o más trabajadores, están obligadas a reservar al menos el 2% de su plantilla a personas con discapacidad.
Esta medida tiene como objetivo favorecer la inclusión laboral y por ende, social de las personas con discapacidad, que sufren una mayor tasa de desempleo y exclusión social que el resto de la población.
Si bien dicha obligación ya aparecía contemplada en la LISMI del año 1982, debido a la dificultad de algunas empresas de cumplir con dicha obligación, se publica la orden ministerial del 24 de julio de 2000 y se recoge posteriormente en el Decreto 364/2005 de 8 de abril de Medidas Alternativas vigente en la actualidad.
Medidas alternativas a la contratación de personas con discapacidad
- La celebración de contratos mercantiles o civiles con centros especiales de empleo, y o con trabajadores autónomos con discapacidad, para el suministro de materias primas, maquinaria, bienes de equipo o cualquier otro tipo de bienes necesarios para el normal desarrollo de la actividad de la empresa.
- La celebración de contratos mercantiles o civiles con centros especiales de empleo o con trabajadores autónomos con discapacidad, para la prestación de servicios ajenos y accesorios a la actividad normal de la empresa o para el establecimiento de un enclave laboral.
- La realización de una donación monetaria o acción de patrocinio a favor de entidades sin ánimo de lucro cuya finalidad sea la formación y la creación de empleo de personas con discapacidad.
Derecho integrador de LGD
La normativa sobre derechos de las personas con discapacidad obliga a las empresas cuya plantilla sea de 50 o más trabajadores reservar un 2% de la misma a personas con discapacidad.
En los casos que la contratación directa de personas con discapacidad no sea factible por causas organizativas de las empresas, o bien porque la oficina de empleo no puede dar respuesta a la oferta de puestos de trabajo realizada por aquellas, se puede recurrir de manera excepcional y transitoria a la contratación indirecta de personas con discapacidad a través de las medidas alternativas.
Objetivos
Medidas Alternativas de ILUNION
Nuestro objetivo es facilitar y aportar soluciones globales a las empresas en el cumplimiento de la normativa de la LGDPD, y ser un motor de generación de empleo para las personas con discapacidad, sumando aliados al propósito de “Construir un Mundo Mejor con Todos Incluidos”.
Para ello, prestamos asesoramiento personalizado y acompañamiento durante todo el proceso, sin coste alguno para las empresas que nos lo soliciten, y facilitamos soluciones globales a través de las siguientes entidades del Grupo Social ONCE.
INSERTA Empleo, entidad de Fundación ONCE, consultora de formación y procesos de selección de perfiles con discapacidad, para el empleo directo de personas con discapacidad.
ILUNION, a través de sus Centros Especiales de Empleo para la medida alternativa de celebración de contratos mercantiles o civiles con centros especiales de empleo.
Fundación ONCE, como entidad referente en formación y creación de empleo para personas con discapacidad como entidad destinataria de donaciones para la medida alternativa donación.
Contratación indirecta
Certificado de excepcionalidad en la contratación de trabajadores con discapacidad
El certificado se concede por una duración de 3 años y debe renovarse anualmente si no se alcanza la cuota de reserva del 2% y hay circunstancias que lo justifiquen. Las medidas que se podrán aplicar son las siguientes:
FAQs
Preguntas frecuentes sobre las Medidas Alternativas
¿Qué importe anual debe existir en el caso de optar por compras o contratación de bienes o servicios a un CEEs?
Al menos, tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos múltiples Anual (IPREM) por cada trabajador no contratado.
¿Qué importe anual debe existir si se opta por la donación a un proyecto orientado a emplear para personas con discapacidad?
El correspondiente al 1.5 el Indicador Público de Renta de Efectos múltiples Anual (IPREM) por cada trabajador no contratado.El correspondiente al 1.5 el Indicador Público de Renta de Efectos múltiples Anual (IPREM) por cada trabajador no contratado.
¿Qué ocurre si al final de los 3 años no se ha alcanzado el 2%?
Deberá renovarse el Certificado de Excepcionalidad si concurren las circunstancias para ello.
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